El sistema PCT (Tratado de Cooperación de Patentes) permite solicitar simultáneamente y en gran número de países la protección de una invención mediante la presentación de una única solicitud de patente internacional sin necesidad de presentar varias solicitudes de patentes nacionales.
Este sistema unifica la tramitación internacional de patentes previa a la concesión, produciendo los mismos efectos jurídicos que si dicha solicitud de patente se hubiera presentado país por país, con el consiguiente ahorro en costes y tiempo. Se puede solicitar de forma directa o basada en una patente nacional dentro de los 12 primeros meses a contar desde la fecha de presentación de la patente en España.
Consta de 2 fases:
Para que una invención pueda ser objeto de patente debe reunir tres requisitos:
No se consideran invenciones:
Todas las anteriores se consideran Propiedad Intelectual
No se consideran invenciones susceptibles de aplicación industrial:
Sí serán patentables los productos, especialmente las sustancias o composiciones y las invenciones de aparatos o instrumentos para la puesta en práctica de los métodos mencionados. No pueden ser objeto de patente:
No se consideran invenciones:
Todas las anteriores se consideran Propiedad Intelectual
No se consideran invenciones susceptibles de aplicación industrial:
Sí serán patentables los productos, especialmente las sustancias o composiciones y las invenciones de aparatos o instrumentos para la puesta en práctica de los métodos mencionados. No pueden ser objeto de patente: